CARACTERISTICAS Y CURIOSIDADES DE LAS AUTORIZACIONES DE EXPORTACION DE GAS NATURAL – SEGUNDA PARTE
Desde el 14 de marzo del 2019 se emitieron SIETE (7) autorizaciones de exportación de gas natural, seis (6) con destino a Chile y una (1) a Uruguay. (Ver Planilla en Anexo I)
Las mismas tienen una serie de características que se describen a continuación:
- El volumen diario total autorizado es de 9.400.000 metros cúbicos de 9300 kilocalorías (m3 de 9300kcal)
- De ese volumen, 8.800.000 m3 se exportarán desde la Cuenca Neuquina (93.6%) y el resto queda indefinido ya que la exportación a Uruguay a realizarse por IEASA tiene un régimen especial que, a priori, no determina el origen, salvo en el período invernal en el que podrá ser abastecido por la importación de LNG por Escobar.
- Los compradores (*) del país trasandino son:
AGESA 1.700.000 m3 18.1%
INNERGY 4.100.000 m3 43.6%
ENEL 1.000.000 m3 10.6%
GasValpo SPA 500.000 m3 5.3%
BG Chile 1.500.000 m3 18.1%
TOTAL 8.800.000 m3 93.6%
(*)AGESA: Aprovisionadora Global de Energía es una empresa de Metrogas Chile creada en 2016 para importar gas natural; INNERGY: comercializadora de gas natural a la gran industria; GasValpo SpA – Distribuidora de gas por redes de Chile; BG Chile – British Gas Chile – Propietario de parte dela Terminal Quintero; Generación eléctrica en Chile
- El único comprador en Uruguay:
ANCAP 600.000 m3 6.4 %
- Los vendedores argentinos son:
Total Austral SA 1.500.000 m3 16.0%
Pan American Energy 1.000.000 m3 10.6%
YPF SA 5.700.000 m3 60.6%
Exxon Mobil 600.000 m3 6.4%
IEASA 600.000 m3 6.4%
TOTAL 9.400.000 m3 100.0%
- Todas las autorizaciones tienen plazo y cláusula de interrupción de la exportación por cuestiones de abastecimiento interno, salvo la emitida a IEASA en la que una parte del volumen se entrega en condición firme.
- Una sola autorización tiene plazo de vigencia hasta mayo de 2019, lo cual sería coincidente con el aumento de consumo interno por época invernal.
- El resto excede el invierno de 2019. La autorización a IEASA tiene plazo hasta mayo de 2021, o sea que abarcará los inviernos de 2019 y 2020.
- Todas las autorizaciones tienen un volumen diario máximo a exportar y un volumen total aprobado.
- Las autorizaciones emitidas en esta segunda parte solucionan el problema de redacción mediante el cual no coincidía el plazo total con los días calculados. Este problema hacía dudar acerca de cuál es el verdadero volumen a exportar.
- Con el simple sistema de incorporar el siguiente texto: “… hasta completar la cantidad máxima total equivalente al volumen de exportación diaria autorizada por la cantidad de días de vigencia de esta autorización desde su otorgamiento, lo que ocurra primero” se resuelve el problema.
- Claro que el volumen total autorizado sigue figurando como dato en los considerandos, lo que debiera ser eliminado.
ANEXO 1
