SE DEBE ACTUALIZAR EL COSTO QUE EL OPERADOR DE ESTACIONES DE SERVICIO PUEDE DESCONTAR DE LA LIQUIDACION DEL IVA
METODOS FISICO-QUIMICOS PARA PRODUCTOS EXENTOS
SISTEMA DE VERIFICACIÓN OBLIGATORIO POR PARTE DE LOS TITULARES DE ESTACIONES DE SERVICIO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO ARTICULO SIN NUMERO POSTERIOR AL ARTICULO 9º DE LA LEY 23.966
ESTIMACIÓN DEL COSTO PROMEDIO POR ESTACION DE SERVICIO
Por Alberto Fiandesio – Junio de 2019
Se ha mencionado bastante en estos días el costo que deben afrontar los operadores de estaciones de servicio para realizar el ensayo de detección de combustible comercializado en forma ilegal ya sea por tratarse de producto que debe comercializarse en zona sur (exenta) o por ser adulterado por hidrocarburos exentos por uso industrial (solventes, aguarrás, gasolina, etc.).
La realidad es que el Estado tiene en sus manos todas las herramientas para realizar una actualización del costo como veremos a continuación.
El objetivo del presente informe es la determinación del costo anual promedio de una estación de servicio para la realización de los ensayos de detección de trazadores, mediante la utilización de reactivos químicos, a los efectos de reglamentar lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 26.111, promulgada el 6 de julio de 2006 y publicada en el Boletín Oficial Nº 30.941. El Decreto Reglamentario Nº 1.633 del 9 de noviembre de 2006 fue el que introdujo un valor de $3.000 por año que puede ser computado como pago a cuenta del IVA.
- METODOLOGÍA
A los efectos del cumplimiento del objetivo, será necesario realizar una serie de cálculos utilizando los siguientes parámetros:
a.1. Número total de estaciones de servicio
No se han encontrado datos actualizados sobre este parámetro en las bases de la Secretaría de Gobierno de Energía, por lo que adoptaremos un valor sugerido por CECHA, que fuera publicado en el portal Surtidores.com y que definía es valor en 4975 estaciones en el año 2018.
a.2. Volumen de productos comercializados
a.2.1. Volumen vendido de naftas
Los valores adoptados para el cálculo corresponden a los anuales del año 2018, según la información obrante en:
Venta al público en todo el país.
Nafta Súper de más de 93 RON : 6.271.116 m3/año
Nafta Ultra de más de 97 RON : 2.587.331 m3/año
Total de comercializado de naftas : 8.858.447 m3/año
Con el dato obrante en el punto a.1. Número total de estaciones de servicio y el volumen de venta se puede calcular la venta promedio anual:
Venta anual promedio de naftas = 8.858.447 / 4.975 = 1.781 m3/año
a.2.2. Volumen vendido de gasoil
Venta al público en todo el país.
Gas Oil grado 2 : 4.845.490 m3/año
Gas Oil grado 3 : 2.595.830 m3/año
Total comercializado de gasoil : 7.441.320 m3/año
Con el dato obrante en el punto a.1. Número total de estaciones de servicio y el volumen de venta se puede calcular la venta promedio anual:
Venta anual promedio de gasoil = 7.441.320 / 4.975 = 1.496 m3/año
a.3. Capacidad media de las cisternas
Un camión de transporte de combustibles está, generalmente, subdividido en cisternas cuya capacidad es variable. Esta subdivisión está basada en la necesidad de transportar distintos combustibles en un mismo camión ya que la capacidad del mismo excede largamente la necesidad de una estación de servicio promedio.
La capacidad de cada cisterna o la utilización que se haga de cada una de ellas es muy variable y depende, fundamentalmente, del tamaño de la estación a la que va dirigido el combustible.
Para una estación promedio se estima que dicha capacidad se ubica en el entorno de los 4.000 litros (4 m3).
Con esta estimación y la venta promedio de combustible por estación se puede estimar la cantidad media de cisternas a descargar en cada estación anualmente y, por ende, la cantidad media de ensayos a realizar.
Cantidad media de cisternas de nafta: 1.781 m3/año / 4 m3/cisterna =
= 445 cisternas/año
Cantidad media de cisternas de gasoil: 1.496 m3/año / 4 m3/cisterna =
= 374 cisternas/año
- RESULTADOS
b.1. Cálculo del gasto anual de los ensayos de contenido de trazador de la venta exenta por zona geográfica
Las estaciones de servicio deberán realizar el ensayo sobre la totalidad de las naftas y gasoil expendidos, esto es, sobre 819 cisternas por año (445 de naftas y 374 de gasoil).
Teniendo en consideración que el costo de un repuesto de 100 ml de reactivo (apto para la realización de 100 ensayos) es de 198 u$s (información obrante en página web del proveedor), el costo resulta de:
Costo anual ensayo reactivo zona sur = 819 ens./año x 1,98 u$s/ensayo =
= 1.622 u$s/año
b.2. Cálculo del gasto anual de los ensayos de contenido de trazador de la venta exenta por uso industrial
Las estaciones de servicio deberán realizar el ensayo solamente sobre la totalidad de las naftas, esto es, sobre 445 cisternas por año.
Teniendo en consideración que el costo de un repuesto de 100 ml de reactivo (apto para la realización de 100 ensayos) es de 198 u$s (información obrante en página web del proveedor), el costo resulta de:
Costo anual ensayo reactivo zona sur = 445 ens./año x 1,98 u$s/ensayo =
= 881 u$s/año
b.3. Costo total anual
El costo total anual resulta, entonces, para la estación promedio:
Costo total anual: (1.622 + 881) u$s/año x 46 $/u$s = 115.138 $/año
Se demuestra en forma clara e indubitable el notable atraso de los $3.000 por año nunca actualizados desde el año 2006, afectando directamente a los operadores de estaciones de servicio.
A los efectos de no dejar “anclado “ el número en pesos, lo que amerita una actualización periódica, se sugiere la utilización del valor promedio de la nafta súper, en surtidor, a nivel país, para ser utilizada como referencia.
De esa forma, tomando un valor de 44 pesos/litro (abril de 2019), los estacioneros podrán compensar de su liquidación de IVA un valor equivalente a 2.617 litros por año de nafta súper.
CONCLUSION
El Estado tiene en su poder las herramientas para solucionar un problema que afecta económicamente a los operadores de estaciones de servicio. La legalidad de la realización de estos controles fue certificada por la justicia en varias oportunidades, pero esa aceptación judicial implica también que no tenga costo para los operadores. Y eso no está ocurriendo. Peor todavía sería que no se estuvieran haciendo los controles y que el mercado utilice ese dato para realizar maniobras de evasión. Mediante un simple decreto el Estado soluciona el problema. Señores. Al trabajo.