¡OTRA VEZ SOPA!

Por Alberto Fiandesio – Noviembre de 2019

Remedando la histórica expresión de la entrañable Mafalda podemos sintetizar la situación que puede darse en la comercialización de combustibles en nuestro país.
Históricamente se denominó “sopa” en el mercado local a la adulteración de combustibles, principalmente naftas comerciales vendidas por surtidor, con productos líquidos que se comercializan exentos de los impuestos específicos.
Es sabido que dos productos exactamente iguales (o similares) vendidos con distintos precios, por la razón que sea, provoca una migración hacia el de menor valor.
En el caso de las naftas la principal adulteración se produce con solventes que son vendidos sin impuestos por tratarse de un insumo en actividades industriales.
Los más buscados son los solventes, y dentro de esta denominación, los solventes aromáticos que tienen un muy buen número de octano. Los llamados BTX (Benceno-Tolueno-Xileno) son productos que merecen ser seguidos cuando se venden sin impuesto.
También se comercializan combustibles exentos por destino geográfico (en grandes rasgos, zona sur del país) y en este caso lo que hay que vigilar es que producto que sale de planta de despacho sin impuestos y dirigido a la zona exenta, realmente termine en la zona exenta.
Para el control el Estado dispone de una serie de herramientas que se vienen utilizando, algunas desde hace casi 20 años, con distinto grado de profundidad.
A fines de los 90 se implementó por primera vez el control nacional de calidad de combustibles a través de convenios firmados con el INTI y la UTN. Este control, si bien es indirecto en cuanto a la determinación de adulteraciones fraudulentas, permite conocer el contenido de benceno y aromáticos totales en las naftas, por ejemplo, que están limitados al 1% y 35% máximo, respectivamente. Desvíos en más de esos valores hacen presumir la presencia de solventes en las naftas.
A principio del 2000 se conformó con la Secretaría de Energía (técnico), AFIP (recaudador) y Secretaría de Hacienda (responsable impositivo) una Comisión que se constituyó en responsable de la implementación y seguimiento de herramientas para el control de la evasión en el mercado de los combustibles líquidos. Esa Comisión hace años que no funciona pero dejó algunos residuos interesantes.
Por ejemplo, se implementó un registro de usuarios de combustibles exentos donde la Secretaría de Energía es el órgano técnico que determina si la empresa está n capacidad de consumir los solventes que reclama exentos impositivamente. Como dato anecdótico se puede mencionar que al comenzar la tarea de control por parte de la AFIP-SdE existían más de 1.000 empresas que compraban solventes sin impuestos. A los dos años (la reinscripción es anual) el número había bajado a algo más de 300.
Además, la AFIP, con el apoyo técnico de la SdE implementó la utilización de un sistema de marcadores de uso obligatorio para todo producto exento, ya sea por destino geográfico o por uso. Lamentablemente, en este último caso, no es posible su utilización en los aromáticos que tengan destino de uso alimenticio. Este es el caso del hexano que se usa para el procesamiento de alimentos (hexano grado alimenticio). El uso del marcador para exentos por uso está limitado, entonces, a nafta virgen y gasolina natural.
Por su parte, los operadores de estaciones de servicio deben, obligatoriamente, realizar el análisis para detectar la presencia de marcador en los productos que adquiere. Si en una estación, a través de un control de rutina se encuentra marcado en los productos que se están vendiendo implica una denuncia penal por evasión impositiva.
¿Existe alguna forma más de verificar la posibilidad de adulteración?
Una forma de ver si se encienden luces amarillas en el sistema y que incentivaría a la intensificación de los controles, es el seguimiento de la relación de precios entre las naftas y los solventes
EL análisis está basado en los valores publicados por Secretaría de Energía en su página web.
La comparación se realiza entre los valores de solventes y de nafta súper, ambos en planta de despacho de la refinadora, sin impuestos, de acuerdo a los datos obrantes en la resolución N° 606.
El resultado se muestra en el gráfico a continuación, para nafta grado 2 (súper):

La tendencia lineal de la curva indica que el solvente ha venido perdiendo valor respecto de la nafta por lo que es posible concluir que se ha hecho mucho más atractiva la posibilidad de mezclar solventes sin impuestos en naftas. Cuando el solvente tiene un precio alto respecto del otro producto es mucho más sencillo y sin riesgo vender el solvente como tal y no mezclarlo con las naftas. Los valores debajo del índice unitario indican que el solvente tiene menor valor que la nafta. Como puede apreciarse en el último año la tendencia comenzó a revertirse y el solvente retomó valor a la luz de regulaciones poco claras que impidieron el normal desenvolvimiento de los precios en surtidor.
Veamos ahora la misma situación respecto a la nafta grado 3 (ultra):

Como resulta lógico, el mayor precio de la nafta grado 3 en planta de despacho hace que la relación evolucione en forma distinta creando más incentivo a la adulteración en este tipo de combustible.

CONCLUSIÓN
El control de la evasión impositiva sobre los impuestos específicos a la actividad debe mantenerse en toda su intensidad. La situación así lo amerita.
El Estado cuenta con las herramientas y lo único que se debe hacer es actualizarlas y darles la jerarquía necesaria.