Si hay un puesto en la Función Pública que debe ser respetado a ultranza para lograr un nivel técnico de excelencia es el de Director Nacional.
Si se admite (a regañadientes) que una Subsecretaría debe ser ocupada por un político que debe estar alineado con una estrategia gubernamental (no estatal, que es otra cosa) el lugar inmediatamente por debajo de esa posición es la Director Nacional.
En este caso se ha nombrado, por Decisión Administrativa N° 1214 del 6 de julio de 2020, al Director Nacional de Exploración y Producción dependiente de la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía.
El nombramiento se hace por 180 días hábiles que es el máximo que permite la reglamentación sin hacer concurso. Por supuesto que es prorrogable y ahí está la trampa.
La posición había sido ocupada anteriormente por un Ingeniero en Petróleo, Gonzalo Aguirre, y ahora lo es por un profesional en Economía.
Tal cual es la costumbre de «todohidrocarburos.com» no haremos nombres ya que el problema no está en las personas sino en la filosofía de trabajo.
A los efectos de mejor informar, transcribimos a continuación las funciones de la citada Dirección Nacional:
1. Proponer la normativa aplicable a los procesos licitatorios previstos para el otorgamiento de permisos de exploración y concesiones de explotación.
2. Evaluar las propuestas, proyectos y ofertas relativas a permisos de reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos.
3. Administrar los registros, e intervenir en la operación de sistemas de información y bases de datos generados como consecuencia de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
4. Asistir en las tareas de fiscalización en el cumplimiento de obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de productividad e inversiones.
5. Proponer la normativa y/o su actualización en materia de exploración, explotación racional y protección ambiental y fiscalizar su cumplimiento.
6. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente en materia de certificación de reservas y recursos de hidrocarburos con su pertinente evaluación.
7. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de permisionarios de exploración y concesionarios de explotación en materia de deslinde y mensura de áreas y yacimientos, interviniendo en la determinación de las superficies sujetas al pago de cánones.
8. Asistir en el control y otorgamiento de servidumbres mineras.
9. Proponer sanciones ante incumplimientos a la normativa aplicable en materia de exploración y explotación.
Sabias palabras!!!!
Las Direcciones Nacionales deben ser ocupadas por profesionales de sobrada solvencia tecnica con capacidades para entender cabalmente las misiones y funciones del organismo a cargo.